La duda sobre si los vehículos históricos pueden circular libremente por las Zonas de Bajas Emisiones o no ha surgido a raíz de una polémica en la ciudad de Madrid. En este artículo, te explicamos todo lo que debes saber sobre las restricciones en las ZBE para vehículos catalogados como históricos. 

¿Qué son los vehículos históricos?

Lo primero que vamos a hacer es explicar qué es un vehículo histórico y qué requisitos deben cumplir. Para ello, acudimos a la Dirección General de Tráfico (DGT), que especifica que los vehículos históricos son aquellos que, por su antigüedad, interés o singularidad merecen una consideración especial que proteja su carácter representativo.

La distinción de un vehículo como histórico es una forma de reconocer a los vehículos por su carácter simbólico como una parte del patrimonio cultural de nuestro país. Un reconocimiento que, además, se compagina con la posibilidad de que dichos vehículos sigan circulando, aunque con algunas limitaciones.

Requisitos que debe cumplir un vehículo para ser histórico

No todos los vehículos pueden optar a ser catalogados como vehículos históricos. En este sentido, la DGT establece los siguientes requisitos:

  • Haber pasado, al menos, 30 años desde la primera matriculación o fabricación siempre y cuando se encuentre en su estado original. Es decir, no podrán solicitar esta distinción los vehículos que hayan sufrido cambios en sus componentes o estética.
  • Estar inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o haber sido declarados bienes de interés cultural. 

Limitaciones que tienen los vehículos históricos

Otro aspecto importante a tener en cuenta es las restricciones que tienen todos los vehículos considerados como históricos. Con el objetivo de proteger y preservar el patrimonio, los vehículos históricos deben cumplir las siguientes características:

  • No pueden circular más de 96 días al año.
  • No se puede utilizar como medio de transporte habitual, ni como transporte público de viajeros y mercancías. 
  • La velocidad máxima de circulación no puede superar los 80 km/h en el caso de los vehículos históricos que no tengan cinturones de seguridad.
  • Los vehículos que no superen los 40 km/h circularán por el arcén siempre que sea posible.
  • No podrán circular por autopista o autovía los vehículos que no alcancen los 60 km/h.

¿Qué sucede con los vehículos históricos en las Zonas de Bajas Emisiones?

Durante las últimas semanas se ha producido una situación extraordinaria en Madrid relacionada con la circulación de coches históricos en la ZBE Madrid. 

Como sabes, los vehículos históricos son una de las excepciones a las restricciones de circulación. Es decir, los coches históricos, por lo general, sí pueden circular por las ZBE sin restricciones. 

Sin embargo, el ayuntamiento de Madrid ha sancionado a varios vehículos históricos por transitar dentro de la ZBE del municipio, a pesar de que la ordenanza municipal de la ciudad recoge que estos vehículos no están sujetos a las restricciones. 

Finalmente, el ayuntamiento tendrá que devolver las sanciones que ha cobrado hasta el momento a estos vehículos y ha admitido un “error de coordinación con la DGT”. 

¿Cómo solicitar la categoría de vehículo histórico?

Los trámites que debes realizar dependen de la situación previa del vehículo. Estos son los supuestos que contempla la DGT:

  • Un coche que ya está matriculado y tiene la ITV en vigor: en este caso hay que realizar el cambio de servicio a vehículo histórico (Grupo A).
  • Un coche que nunca haya estado matriculado en España: debes realizar la matriculación como histórico de vehículos no matriculados previamente y otras excepciones (Grupo B).
  • Si un vehículo se recupera de un desguace o está dado de baja de forma definitiva, tendrás que rehabilitar el vehículo y matricularlo como histórico de vehículos no matriculados previamente (Grupo B). 

En definitiva, los vehículos históricos están exentos de las restricciones propias de las ZBE, aunque es importante que cumplan todos los requisitos que establece la DGT para ser considerados como tal. Es decir, si utilizas tu coche habitualmente y piensas en catalogarlo como histórico, debes saber que no vas a poder utilizarlo a diario, ya que hay un máximo de días al año.