Aunque parte de la antigua Ordenanza de Movilidad Sostenible fue anulada por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento aprobó la Ordenanza 2/2026 que restablece la base legal de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE); las cámaras continúan controlando accesos y las sanciones por entrar sin autorización siguen aplicándose.

La confusión que circuló en redes y algunos titulares (según la cual “han anulado las multas y se puede entrar libremente en las ZBE”) no se corresponde con la realidad jurídica y administrativa: el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación sobre determinados artículos de la ordenanza anterior, pero no eliminó las ZBE ni suspendió de forma automática los controles ni las sanciones. El Ayuntamiento de Madrid respondió aprobando la Ordenanza 2/2026, que vuelve a regular las ZBE de especial protección y mantiene operativo el sistema de control de accesos.

Respecto a las multas, hay que distinguir dos situaciones. Las sanciones impuestas antes del 7 de abril de 2026 pueden generar dudas procesales porque se tramitaron bajo la normativa anterior; en algunos casos no firmes podría existir margen para recurrir o revisar expedientes. En cambio, las sanciones impuestas a partir de la entrada en vigor de la nueva ordenanza se apoyan en la Ordenanza 2/2026 y, por tanto, se consideran válidas en la práctica administrativa actual. El Ayuntamiento ha señalado que no devolverá de forma generalizada las multas ya impuestas.

Las cámaras siguen activas y las restricciones por distintivo ambiental continúan aplicándose en los tramos regulados; circular pensando que “ya no multan” puede salir caro, con sanciones que en la práctica pueden alcanzar los 200 euros y opciones de reducción por pronto pago. Además, la normativa mantiene limitaciones específicas para vehículos sin etiqueta y matices para turismos con etiqueta B y C, especialmente en zonas como Distrito Centro.

¿Qué puede hacer un conductor afectado? Lo recomendable es comprobar la etiqueta ambiental del vehículo, revisar si el acceso previsto está dentro de una ZBE concreta (Distrito Centro, Plaza Elíptica u otras) y no fiarse de mensajes simplificados que anuncian la desaparición de multas. Antes de tomar decisiones drásticas (como cambiar de coche) conviene valorar alternativas: revisar excepciones aplicables, estudiar la compatibilidad del vehículo con transformaciones a GLP que permitan optar a la Etiqueta ECO, o consultar con el gestor del corredor urbano para rutas regulares.

En resumen, la situación de abril de 2026 confirma que las ZBE de Madrid no han desaparecido: lo que cambió fue la base jurídica de parte de la normativa anterior, pero la nueva ordenanza restablece las restricciones y la capacidad sancionadora municipal. Informarse antes de circular por Madrid y valorar soluciones técnicas (como la transformación a GLP cuando sea viable) son pasos prácticos para evitar sanciones y mantener la operativa de vehículos en entornos urbanos regulados.