ACTUALIZACIÓN: El ayuntamiento de Madrid dará una moratoria de 1 año para comenzar a multar. Es decir, durante 2025, los propietarios de los vehículos que no cumplan con las restricciones recibirán una carta de aviso. Sin embargo, las multas no se harán efectivas hasta 2026.
Se acerca cada vez más el 31 de diciembre y, con ese día, llega el final del año 2024. Toca pensar, por tanto, en todas las novedades que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2025 en materia de movilidad. Y, como ha sucedido los años anteriores, Madrid es la ciudad que más avanza en este aspecto de toda España.
Por lo tanto, muchos conductores empiezan ya a preguntarse si van a poder entrar o no en la capital a partir de entonces, y qué restricciones serán las que entrarán en vigor desde el 1 de enero. En este artículo, te contamos todas las novedades que debes saber si vives o circulas habitualmente por Madrid.
Pero, antes de entrar en detalles sobre las novedades del próximo año, recordemos cuáles son las restricciones vigentes en las Zonas de Bajas Emisiones de la capital hasta el momento. Hasta 2024, los coches que no tuvieran distintivo ambiental no podían circular por la M-30 ni por la ZBE Madrid, que abarca toda la almendra central de la ciudad.
Asimismo, en la Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro, los coches que tengan etiquetas B o C solamente pueden acceder si se dirigen a estacionar en un parking público o privado.
¿Qué restricciones entran en vigor el 1 de enero de 2025 en Madrid?
A partir del 1 de enero de 2025, las restricciones para circular por el centro de Madrid aumentan. Concretamente, todos los vehículos que no tengan distintivo ambiental (conocidos comúnmente como vehículos con etiqueta A) tendrán prohibido el acceso y circulación por Madrid, sean o no residentes en el municipio.
Hasta ahora, el hecho de que el coche estuviera empadronado en Madrid eximía de esta restricción. Sin embargo, a partir de 2025, los coches con etiqueta A que sean residentes tampoco podrán circular por Madrid, a excepción de los vehículos de reparto, de personas con movilidad reducida, los vehículos históricos o los de emergencias y Fuerzas Armadas.
Es decir, todos los vehículos gasolina anteriores al año 2001 y los diésel anteriores al año 2006 tendrán prohibida la circulación por el centro de Madrid.
¿Cuáles son las sanciones por incumplir la normativa?
Todos los vehículos que se detecten circulando por una zona por la que no tienen permitida la circulación serán sancionados con una multa de 200 euros.
¿Cómo saber qué etiqueta ambiental tiene tu coche?
En caso de que no tengas claro cuál es el distintivo ambiental que corresponde a tu vehículo, hay una forma sencilla de comprobarlo: a través de la web de la DGT. El buscador de la DGT permite localizar qué distintivo ambiental tiene tu vehículo en función de su matrícula.
Asimismo, es importante tener en cuenta que las ZBE cuentan con cámaras con lector OCR y dispositivos foto-rojos que reconocen el distintivo ambiental de los vehículos en base a las etiquetas. Es decir, si tienes un coche con etiqueta C, por ejemplo, y no la llevas físicamente en el coche, no recibirás la multa.
En cualquier caso, las restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones seguirán creciendo progresivamente con el paso del tiempo. No solo en Madrid, sino también en el resto de municipios de más de 50.000 habitantes, que son los que deben contar con, al menos, una ZBE según establece la legislación vigente.
Hola mi coche tiene etiqueta B vivo a madrid se puede entrar creo ok gracias
Buenos días Saidi,
Con la etiqueta B, puedes acceder sin restricción a la ZBE Madrid. Eso sí, en el caso de las ZBEDEP, solo podrás acceder y circular si estacionas en un parking autorizado.
Un saludo.
Donde tengo que sacar un permiso para poder circular con una persona de movilidad reducida mi coche no tiene pegatina y es del 2004
Buenos días Fernando,
Aquí te dejamos la página web para tramitar el permiso de movilidad reducida: https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zonas-de-Bajas-Emisiones/Zonas-de-Bajas-Emisiones-de-Especial-Proteccion/Distrito-Centro-Zona-de-Bajas-Emisiones-de-Especial-Proteccion/ZBEDEP-Distrito-Centro-Titulares-de-tarjeta-de-estacionamiento-para-personas-de-movilidad-reducida-TEPMR-/?vgnextfmt=default&vgnextoid=2478e964b4fcb710VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=d352edf0f70ab710VgnVCM2000001f4a900aRCRD
Un saludo.
Hola mi coche es etiqueta b en 2025 puede seguir circulando?
Buenos días Nicanor,
Los coches con etiqueta B sí podrán seguir circulando por la ZBE Madrid.
Un saludo
Un coche sin etiqueta (A) ¿por qué zonas de Madrid podrá circular de la Comunidad de Madrid en 2025, sin que sea de reparto o de persona con capacidad reducida o especial?
Buenos días Pepe,
Los coches sin etiqueta no podrán circular por ninguno de los 21 distritos que conforman la ZBE de Madrid salvo que entre dentro de una de las excepciones. Puedes consultar el mapa en la web Madrid 360.
Un saludo.
Buenos dias creo que esta prohibición está recurrida cuando será firme??
Buenos días,
El Ayuntamiento de Madrid ha señalado que la sentencia no es firme, por lo que entrar sin el distintivo oportuno sigue prohibido y conlleva sanciones económicas.
Un saludo
El tribunal supremo no había sentenciado e invalidado estas zonas de bajas emisiones ?
Buenos días Marco,
El Ayuntamiento de Madrid ha señalado que la sentencia no es firme, por lo que entrar sin el distintivo oportuno sigue prohibido y conlleva sanciones económicas.
Un saludo
Buenos días.
Sin etiqueta y empadronada en Madrid en el 2025 tampoco podré circular en otras zonas que no sean centro y m.30?
Buenos días María,
Efectivamente, a partir de 2025, las restricciones se amplían a todos los vehículos sin etiquetas, estén o no empadronados en Madrid.
Un saludo
iosusaen@hotmail.com puedo circular con etiqueta C aunque mi coche sea del año 2000?
Buenos días Iosu,
Si tu coche tiene etiqueta C, puede circular por la ZBE Madrid. En la ZBEDEP Distrito Centro solo podrás circular si te diriges a estacionar a un parking.
Un saludo.
Buenos días…Mi coche no tiene etiqueta.
Pero….en 2025 podré circular por mi barrio con él sabiendo el resto de restricciones?
Gracias.
Tengo movilidad reducida y tengo un vehiculo sin etiqueta puedo seguir circulando en Madrid en2025.Jo
Buenos días José,
Sí, los vehículos para personas con movilidad reducida son una de las excepciones, así que en tu caso, en principio, podrás seguir circulando.
Un saludo
Buenas tardes, mi coche no tiene etiqueta, vivo en Vallecas (zona fuera de la M-30) y trabajo en Humanes. Podría usar mi coche para dicho trayecto? Graciaas
Buenas tardes Laura,
Según la normativa de Madrid 360, desde el 1 de enero de 2025 se extiende la prohibición de circular también a todos los turismos «A» que estén domiciliados en Madrid y dados de alta en el Padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos “A” que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Actualmente, la ZBE Madrid incluye Vallecas, por lo que, en principio y según los datos que comentas, no podrías circular dentro de este límite. No obstante, nuestra recomendación es que consultes en la web de Madrid 360.
Un saludo.
Tengo un coche de gasolina de 1999,doy residente en Madrid.Centro.Que puedo hacer en 2025
Buenos días José Félix,
Según la normativa, a partir del 1 de enero, los coches que NO tengan etiqueta NO podrán circular por Madrid, independientemente de si están o no empadronados allí, salvo que sean una de las excepciones contempladas, tal y como reflejamos en nuestro artículo.
Un saludo.
Buenos días. Mi coche es del año 1991 de gasoil y soy discapacitada del 68 por cien, movilidad reducida.
Vivo en Madrid, y lo uso únicamente para salir a la sierra y volver a casa. Estoy empadronada y vivo en la zona de Diego de León.
Podré usar para este recorrido después del 2025? Gracias.
Buenos días Sonsoles,
Te remito lo que especifica el ayuntamiento de Madrid en su página web:
Los vehículos conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, especialmente adaptados o no, podrán seguir circulando hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que se den de alta en el Sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
A partir del 1 de enero de 2025 solo podrán acceder y circular por las vías públicas urbanas de la ciudad de Madrid en un vehículo A si éste está especialmente adaptado.
Puede solicitar el acceso a Madrid ZBE en el enlace: ZBEDEP Distrito Centro. Titulares de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR).
La solicitud permite obtener, en un mismo trámite, el alta en el Sistema de gestión de accesos de todas las Zonas de Bajas Emisiones: Madrid ZBE y las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica.
Un saludo
Buenos días.
Estoy empadronada en Madrid pero mi coche no tiene etiqueta.
Puedo circular por mi barrio o por autopista? Gracias.
Buenos días María,
A partir de 2025, los vehículos sin etiqueta no podrán circular por las vías urbanas de la ZBE Madrid aunque estés empadronada en la ciudad. En cambio, sí pueden hacerlo por las autovías no urbanas, como la M-40 o la M-45, por ejemplo.
Un saludo.
Mi coche no tiene ninguna etiqueta, lo muevo por el barrio donde vivo 28022 tengo que deshacerme de el
Buenos días Juana,
Según la normativa, a partir del 1 de enero, los coches que NO tengan etiqueta NO podrán circular por Madrid, independientemente de si están o no empadronados allí, salvo que sean una de las excepciones contempladas, tal y como reflejamos en nuestro artículo.
Un saludo.
Tengo un Seat Toledo de 1999 diésel sin etiqueta claro vivo en la zona de Aluche y trabajo en la avenida Portugal, puedo seguir yendo al trabajo en coche?? No encuentro la respuesta…
Buenos días Tamara,
Si tu vehículo no tiene etiqueta y la zona por la que te mueves se encuentra dentro de la ZBE Madrid, no podrá circular a partir de 2025.
Un saludo
Buenos días.
Mi coche no tiene etiqueta.
Podré circular el año que viene por mi barrio o por autopista siempre que no sea M 30 M 40? Gracias.
Buenas tardes, con un coche etiqueta B podría entrar a un parking autorizado (digamos el de Callao) a partir del 1 de enero de 2025? Gracias
Buenos días Janir,
Si estacionas en un parking autorizado, podrás circular con la etiqueta B sin problema.
Un saludo.
Según describís en el artículo, el punto de corte en el caso de los diésel, es para vehículos anteriores al año 2006.
Mi coche no es anterior a esa fecha sino justo de ese año, del año 2006 (sin etiqueta y matriculado fuera de Madrid). Podría circular con él en el distrito de Barajas?
Buenos días,
Si tu vehículo es diésel de 2006, le corresponderá la etiqueta B probablemente, aunque no la tengas físicamente en el coche. Puedes consultarlo con la matrícula en esta web: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/informacion-de-vehiculos/distintivo-ambiental/
En caso de que tenga la etiqueta B, puede circular sin problema.
Un saludo
Hola, tengo una furgoneta de carga sin etiqueta, podre entrar en Madrid en 2025 como hasta ahora? Gracias, un saludo
Buenas tardes, mi coche tiene etiqueta B, pero no estoy empadronado en Madrid capital, si no a las afueras de Madrid (Tres Cantos). ¿En 2025 podré circular por Madrid por dentro de la M30 sin estar empadronado?
Gracias!
Buenos días Alejandro,
En principio, los coches con etiqueta B podrán seguir circulando por la ZBE Madrid. Si circulas por una de las dos ZBEDEP y no estás empadronado, entonces tendrás que estacionar el vehículo en un parking.
Un saludo.
Puedo moverme en mi coche sin etiqueta para llevarlo a retirar de la circulación
Hola Isabel,
En principio, siempre que sea antes del 1 de enero, no hay problema.
Un saludo
Tengo un coche sin etiqueta solo lo utilizo para ir al pueblo salida por avenida de la aviación puedo hacer lo mismo en el año 2025
Buenos días Pablo,
Según la normativa, a partir del 1 de enero, los coches que NO tengan etiqueta NO podrán circular por Madrid, independientemente de si están o no empadronados allí, salvo que sean una de las excepciones contempladas, tal y como reflejamos en nuestro artículo. Por tanto, si la calle por la que transitas está dentro de la ZBE Madrid, no podrás circular.
Un saludo.
Si es un coche sin etiqueta, pero tiene tarjeta de movilidad reducida, se podría usar?
Buenos días Arancha,
Te remito a lo que comunica el Ayuntamiento de Madrid en su página web a este respecto:
Los vehículos conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, especialmente adaptados o no, podrán seguir circulando hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que se den de alta en el Sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
A partir del 1 de enero de 2025 solo podrán acceder y circular por las vías públicas urbanas de la ciudad de Madrid en un vehículo A si éste está especialmente adaptado.
Puede solicitar el acceso a Madrid ZBE en el enlace: ZBEDEP Distrito Centro. Titulares de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR).
La solicitud permite obtener, en un mismo trámite, el alta en el Sistema de gestión de accesos de todas las Zonas de Bajas Emisiones: Madrid ZBE y las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica.
Un saludo.
¿Las restricciones afectan a todo Madrid o solamente dentro de la M30? ¿ Nos van a eximir de pagar el impuesto de circulación ya que no nos dejan circular o vamos a seguir pagando un impuesto que nos da derecho a circular sin poder hacerlo? Manda narices este tema.
Buenos días Paloma,
Las restricciones afectan a toda la ZBE Madrid, que ocupa todo el municipio. No obstante, puedes consultar el mapa exacto en la web del ayuntamiento de Madrid.
Un saludo.
Hola. Tengo una furgoneta de carga sin etiqueta y hasta ahora puedo entrar a Madrid, en 2025 podré seguir haciéndolo? Hay páginas en las que leo que no y otras en las que leo que si podré… Gracias, un saludo!
Buenos días Edu,
Según la normativa, a partir de 2025 no podrán circular por la ZBE Madrid los vehículos sin etiqueta, independientemente de si están registrados o no en Madrid. Salvo los vehículos catalogados como excepciones (Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, vehículos de emergencias, vehículos históricos que cumplan la normativa vigente, vehículos de reparto específicos).
Por tanto, te sugerimos consultar directamente con el ayuntamiento de Madrid para comprobar si tu furgoneta podría ser un vehículo de reparto dentro de las excepciones.
Un saludo.
Hola, soy residente en la almendra central de Madrid. Soy una persona con movilidad reducida con una discapacidad del 56% y autorización para ZBE y demás, aunque no necesito adaptación para mover mi vehículo.
Tengo 76 años y utilizó el coche, que tiene etiqueta A, exclusivamente para salir a una 2ª residencia de forma esporádica.
Según la información publicada ¿sólo me queda la opción de cambiar de vehículo?
Buenos días Miguel,
En ese caso, las personas con movilidad reducida son una de las excepciones para circular por la ZBE Madrid, así que, en principio, podrás seguir haciéndolo.
Un saludo
Coche sin etiqueta en ciudad de Madrid:
puedo tenerlo correctamente aparcado en la calle, sin circular y sin ser multado por ello, en espera de la publicación de nueva normativa de movilidad que me permitiera volver a circular (aunque con otras restricciones) ?.
Gracias
Buenas tardes, la limitación de circulación afecta al municipio de Madrid o también a otros municipios de la Comunidad?
Saludos
Buenos días Pedro,
Las restricciones que se aplican en Madrid centro se limitan a la ZBE Madrid, que abarca el municipio. El resto de municipios tienen su propia ZBE con sus propias limitaciones, siempre según su ordenanza de movilidad sostenible correspondiente.
Un saludo.
Buenas tardes. Tengo una furgoneta diesel del 2000, sin etiqueta. Puedo circular por ella a partir del 2025 siempre y cuando no entre en la M-30? Y me multan si circulo por la M-30 aunque no pase al interior? Gracias. Saludos
Buenos días Pablo,
Según la normativa, a partir de 2025, los vehículos sin etiqueta no podrán circular por la ZBE Madrid, que abarca más territorio además de la M-30, incluso si están empadronados en Madrid y salvo que se enmarquen en una de las restricciones.
Por tanto, a menos que tu vehículo sea catalogado dentro de una de las excepciones, no podrías circular según la normativa.
Te sugerimos consultar toda la info exacta en la web del ayuntamiento de Madrid.
Un saludo.
Buenas noches, ¿los coches con etiqueta B podrán circular en 2025 en la capital? No dentro de la M30, en barrios como Vallecas. Si es así, ¿hasta cuando podrán?
Gracias
Buenos días Paula,
Sí, de momento, los coches con etiqueta B pueden circular con normalidad salvo en las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica, donde deberán aparcar en un parking.
Un saludo.
¿Y hasta cuándo podrán circular por estos barrios?
Buenos días,
Tengo un Vehiculo Mixto (no esta como turismo) del año 2001 empadronado en Madrid que ahora si puede entrar. ¿Tampoco podrá entrar en Madrid ZBE a partir del 2025?
Buenos días Mara,
En esta página puedes consultar las restricciones de los vehículos mixtos: https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zona-de-Bajas-Emisiones-de-Especial-Proteccion-ZBEDEP-Distrito-Centro-Empresas-y-profesionales-que-presten-servicios-y-entreguen-o-recojan-suministros/?vgnextfmt=default&vgnextoid=f4f085282f8eb710VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=220e31d3b28fe410VgnVCM1000000b205a0aRCRD
Un saludo.
Tengo un vehículo Mercedes, del año 2003, lógicamente sin etiqueta.
El vehículo está en perfecto estado, por lo que he decidido llevarlo a una población de Aragón, población que no tiene restricciones para circular. El problema es que, por motivos personales, este transporte no me es posible realizarlo hasta el mes de enero próximo. Al salir del garaje donde está estacionado, pongamos que el día 5 ó 6 de enero, para únicamente llevarlo por carretera hasta Alcañiz, ¿hay alguna forma de evitar la sanción en que podría incurrir?. Es lógico que, si es legal que circula hasta las 00.00 horas del 31-12, en el minuto siguiente, el coche no se puede evaporar.
Hola. Buenos días
En mi caso no resido en Madrid. Tengo una moto de 125 cc con etiqueta B y entro a diario en Madrid estando empadronado en Móstoles.
En 2025 podría entrar en Madrid con esta moto y aparcarla en ZBE sin ser centro ni plaza Elíptica?
Gracias
Buenos días José,
Si tu moto tiene etiqueta B, podrás circular por Madrid. Si entras dentro de la ZBEDEP Distrito Centro, tendrías que aparcar en un parking. Si no, puedes aparcarla sin más restricciones de las actuales.
Un saludo.
Hola buenas!!
Tengo un coche sin etiqueta empadronado y residente en Madrid. Quería saber a partir de cuándo van a empezar a emitir las multas por infracciones de este tipo en 2025. Aunque la medida entre en vigor el 1 de enero de cada año, todos estos años atrás han dado un margen de tres o 6 meses para empezar a multar realmente. En este enlace (https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Actualidad/Noticias/Madrid-ZBE-entra-en-vigor-y-algunos-turismos-A-tendran-restringido-el-acceso-al-interior-de-la-M-30/?vgnextoid=df0e7fa33800e710VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=a12149fa40ec9410VgnVCM100000171f5a0aRCRD) se indica que, en general, las multas comenzarán a ejecutarse a partir del 1 de marzo. Quería saber si sabíais algo más.
Muchas gracias,
Buenos días Lau,
Ese plazo del 1 de marzo es del año 2022, que fue cuando comenzaron las restricciones. Ahora mismo, que nosotros sepamos, las multas comenzarán el 1 de enero porque la información ya está disponible desde años atrás.
Un saludo
Buenos días, ¿que pasa con el permiso de circulación que tengo pagado hasta mayo del 2025,si no puedo circular por no tener tarjeta?¿me devolverán la parte proporcional de los 5 meses ,por no poder circular?
¿No está recurrido esta ley por la asociación de automovilística europeos?
Buenos días,
El Ayuntamiento de Madrid ha señalado que la sentencia no es firme, por lo que entrar sin el distintivo oportuno sigue prohibido y conlleva sanciones económicas.
Un saludo
Buenos días, ¿se sabe si, como en las fases anteriores, va a haber un periodo de carencia (creo que era de tres meses) durante los cuales no se va a sancionar aunque si «advertir»? Supongo que esto sería entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025. Muchas gracias
Hola Carlos,
En principio no, porque es una información que ya se tiene desde 2022. No obstante, te recomendamos consultar directamente en el ayuntamiento de Madrid.
Un saludo
ATENCIÓN: Madrid ha anunciado que NO multará hasta 2026, y comunica que, en 2025, los conductores de los vehículos que no tengan distintivo ambiental recibirán un preaviso.